El Boletín Oficial del Estado del día 1 de Mayo de 2020 en el Artículo 1.1 señala “…El desplazamiento para el cuidado y recolección queda autorizado….”
Siempre que se respeten las normas sanitarias dadas por las autoridades sanitarias competentes para garantizar la salud y protección de los ciudadanos.
Por tanto esto despeja las incógnitas que teníamos hasta ahora y por lo tanto se podrá trabajar en los huertos.
Animo y adelante
El Alcalde
Carmelo Arriazu